El Tribunal del Deporte anula la proclamación del Presidente de la Federación de Tiro Olímpico de Castilla y León
El Tribunal del Deporte de Castilla y León ha declarado nulo el acuerdo por el que la Junta Electoral proclamó a Esteban Fernández Alonso como Presidente de la Federación de Tiro Olímpico, ordenando rehacer el proceso conforme a sus resoluciones previas.
El Tribunal del Deporte de Castilla y León ha dictado una resolución clave en relación con el proceso electoral de la Federación de Tiro Olímpico de Castilla y León. Tras analizar el recurso interpuesto por D. José-Luis San José Fernández, el Tribunal ha determinado que la Junta Electoral actuó en contra de varias resoluciones firmes emitidas previamente, incumpliendo la obligación de retrotraer el procedimiento al momento de la proclamación definitiva de los miembros electos de la Asamblea General. Según el Tribunal, la Junta Electoral siguió adelante con el proceso electoral, celebrando reuniones en agosto y septiembre, proclamando nuevamente a un candidato y convocando incluso la toma de posesión, a pesar de que los actos que daban origen a dichos acuerdos habían sido declarados nulos. El Tribunal recuerda en su resolución que sus decisiones agotan la vía administrativa y son de ejecución inmediata, sin posibilidad de suspensión automática por recursos posteriores. La resolución establece dos puntos principales: 1. **Inadmitir la solicitud de cese de los miembros de la Junta Electoral**, remitiendo dicha petición a la Dirección General de Deportes, por ser este el órgano competente en materia disciplinaria. 2. **Estimar el recurso en cuanto al fondo**, declarando nulo el acuerdo de 23 de septiembre de 2025 por el que se proclamaba Presidente a D. Esteban Fernández Alonso, así como todos los actos posteriores vinculados a dicha proclamación. Con esta decisión, el Tribunal obliga a la Junta Electoral a cumplir estrictamente con la retroacción ordenada en resoluciones anteriores, lo que implica repetir el proceso electoral desde la proclamación de los miembros de la Asamblea General. La resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede ser recurrida mediante reposición ante el propio Tribunal o a través de un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
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